El recurso en interés de ley tiene como finalidad unificar, de forma vinculante, los criterios imperativos de las normas procesales a fin de hacer plenamente operativos los principios de igualdad y seguridad jurídica.
Por tanto no se puede calificar propiamente como un recurso ya que su finalidad no es la de resolver un caso concreto, sino la de fijar la jurisprudencia en una materia pues el mismo, no altera el fallo de las sentencias que se alegan como contradictorias.
Aparece regulado en los arts. 490 y ss. de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) .
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Dada la finalidad que se persigue, el recurso en interés de ley presenta un espectro más amplio de resoluciones recurribles ya que con él se trata precisamente de unificar la interpretación de las normas procesales.
Resoluciones recurribles en interés de leyEl recurso en interés de ley tiene por finalidad fijar doctrina jurisprudencial procesal evitando las contradicciones que pueden darse en la interpretación que las Salas de lo Civil y Penal hacen de ellas al resolver los recursos extraordinarios por infracción de ley procesal.
Es por ello que, de conformidad con el art. 490, LEC , se puede interponer, para la unidad de doctrina jurisprudencial, respecto de sentencias que resuelvan recursos extraordinarios por infracción de ley procesal , cuando las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia sostuvieran criterios discrepantes sobre la interpretación de normas procesales.
No procederá contra sentencias que hubiesen sido recurridas en amparo ante el Tribunal Constitucional.
Legitimación para interponer recurso en interés de leyComo es un recurso con finalidad jurisprudencial y que no afecta al caso concreto en el que la resolución se dictó, pueden interponerlo únicamente:
- El Ministerio Fiscal.
- El Defensor del Pueblo.
- Las personas jurídicas de derecho público que, por las actividades que desarrollen y las funciones que tengan atribuidas, en relación con las cuestiones procesales sobre las que verse el recurso, acrediten interés...