Resolución de la causa objeto del juicio ordinario

AutorFederic Adan Domènech
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Procesal de la Universidad Rovira i Virgili



La resolución de la causa objeto de juicio ordinario puede revestir diversas formas, siendo la ordinaria, la sentencia. De acuerdo con la ley podemos distinguir dos formas de terminación del procedimiento.

Contenido
  • 1 Formas de terminación del procedimiento
  • 2 Recursos adicionales
    • 2.1 En formularios
    • 2.2 En doctrina
  • 3 Legislación básica
  • 4 Jurisprudencia citada
Formas de terminación del procedimiento

1) La forma normal. Como norma general, se debe dictar sentencia para poner fin al proceso. La sentencia se dictará dentro de los veinte días siguientes a la terminación del juicio. El art. 434 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) hace referencia a la sentencia .

2) La forma anormal. Se produce cuando termina el procedimiento por alguna de estas formas:

Recursos adicionales

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Sentencia

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Caducidad

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Satisfacción extraprocesal

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Allanamiento

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Desistimiento

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Renuncia

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Transacción

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Sobreseimiento

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Formas de finalización del proceso

En formularios
  • ...

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